La Búsqueda de la Justicia Social, el camino para una sociedad más igualitaria.

En vísperas de la conmemoración del Día de la Justicia Social, es importante rememorar los motivos por los cuales la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas declaró que se celebraría a partir de cada 20 de febrero el Día Mundial de la Justicia Social. Pero ¿cuál es el fin de incluir esta celebración en su calendario de conmemoraciones?

A partir del 26 de noviembre de 2007, se incluyó en la lista de celebraciones pues cuando se fundó en 1945 la Organización de las Naciones Unidas, se comprometió en su Carta “A preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra que dos veces durante nuestra vida ha infligido a la Humanidad sufrimientos indecibles, a reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas”, es por esta causa que son destinados ciertos días cada año para la celebración de asuntos generales y particulares de los derechos humanos.

Tenemos que comenzar por definir ¿qué es la justicia social? Una de las definiciones que nos parecen más completas aparece en la página del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF por sus siglas en inglés), que menciona textualmente: “La justicia social se basa en la igualdad de oportunidades y en los derechos humanos, más allá del concepto tradicional de justicia legal. Está basada en la equidad y es imprescindible para que cada persona pueda desarrollar su máximo potencial y para una sociedad en paz.” La definición es bastante clara sobre qué ejes fundamenta su actuar.

Aunque para comprender la definición anterior de la mejor manera posible, es importante revisar cuáles fueron sus antecedentes. Los organismos internacionales que motivaron la declaratoria de dicho día, en particular la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Organización de las Naciones Unidas (ONU), pusieron en el centro de atención la relación entre la justicia social y el trabajo decente. La tercera declaración de principios y políticas de gran alcance adoptada por la Conferencia Internacional del Trabajo desde la Constitución de la OIT en 1919. Es heredera de la Declaración de Filadelfia, de 1944, y de la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y su seguimiento, de 1998. La Declaración de 2008 expresa la visión contemporánea del mandato de la OIT en la era de la globalización. Es el resultado de consultas tripartitas que se iniciaron tras el lanzamiento del Informe de la Comisión Mundial sobre la Dimensión Social de la Globalización. Con la adopción de este texto, los representantes de los gobiernos y de las organizaciones de empleadores y de trabajadores de 182 Estados Miembros subrayaron la contribución clave de nuestra Organización tripartita al progreso y la justicia social en el contexto de la globalización. Se comprometieron a unir sus esfuerzos para reforzar la capacidad de la OIT en el avance hacia dichas metas a través de la Agenda de Trabajo Decente. La Declaración institucionaliza el concepto de Trabajo Decente desarrollado por la OIT desde 1999, y lo sitúa en el centro de las políticas de la Organización para alcanzar sus objetivos constitucionales.

La Asamblea General reconoce que el desarrollo social y la justicia social son indispensables para la consecución y el mantenimiento de la paz y la seguridad en las naciones y entre ellas, y que, a su vez, el desarrollo social y la justicia social no pueden alcanzarse si no hay paz y seguridad o si no se respetan todos los derechos humanos y las libertades fundamentales.

El más grande problema a que se enfrentan los gobiernos, especialmente los Estados de derecho débiles, es cómo lidiar con la desigualdad histórica, sin caer en políticas distributivas meramente asistencialistas y populistas con consecuencias antidemocráticas. Venezuela es un ejemplo de poco éxito en la región latinoamericana. Pero, sin duda, cuando se le compara con experiencias más exitosas como las de los países nórdicos, se puede aprender la lección de que las políticas públicas que se crean de cara a solucionar problemas como la pobreza, el acceso limitado de los desfavorecidos (pobres, marginados, vulnerables y tradicionalmente discriminados) a los servicios públicos o posiciones en la sociedad, etc., no tienen por qué significar necesariamente el incremento de poder de la rama del poder público que está llamada a ejecutar las soluciones (la ejecutiva) en detrimento de las otras ramas, ni tampoco implicar un asistencialismo pronunciado que vuelva dependientes a los más pobres de la ayuda social del Estado. Así pues, existe el reto de lograr la justicia social a través de medidas jurídicas y políticas que robustezcan el Estado social de derecho sin caer en el asistencialismo extremo ni anular la democracia.

Escribieron: Angel Tapia Mosqueda & David Vazquez Sanchez

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